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Reajuste de pensión de alimentos

Cuánto debería subir la pensión según el IPC acumulado desde el último reajuste. Datos del INE hasta mayo de 2026.

CLP

Fuente: IPC del INE, vía Banco Central de Chile

Estimación de referencia. Si la pensión está fijada en UTM o en un porcentaje del ingreso mínimo, el reajuste no se hace por IPC sino siguiendo esa unidad. Revisa qué dice tu resolución judicial.

Por qué se reajusta la pensión de alimentos

Una pensión de alimentos fijada en pesos pierde valor todos los meses. Si la resolución dice $200.000 y no se reajusta nunca, en pocos años esa cifra compra bastante menos de lo que compraba al momento de dictarse. Con una inflación de los últimos doce meses de 4,0%, la erosión es concreta y rápida.

Por eso los tribunales de familia incorporan una cláusula de reajuste. La más común es el IPC, aplicado anual o semestralmente. Reajustar no es aumentar la pensión: es mantener su valor real, que es justamente lo que el tribunal fijó.

Cómo se calcula el reajuste

Se toma la variación acumulada del IPC entre el mes del último reajuste (o el de la sentencia, si nunca se ha reajustado) y el último mes publicado por el INE. Ese acumulado se aplica como factor sobre el monto vigente.

La composición importa: las variaciones mensuales se multiplican, no se suman. Un período de doce meses con variaciones pequeñas puede acumular bastante más de lo que sugiere la suma simple. Esta calculadora usa la serie oficial del INE y compone correctamente.

Pensión en pesos, en UTM o en ingresos mínimos

Antes de reajustar por IPC hay que leer la resolución, porque el mecanismo depende de cómo quedó fijada la pensión:

Si tu resolución no dice nada sobre reajuste, el mecanismo hay que solicitarlo al tribunal. No se aplica automáticamente por el solo hecho de que exista inflación.

Los montos mínimos legales

La ley establece pisos para la pensión de alimentos, expresados como porcentaje del ingreso mínimo remuneracional: un porcentaje para un hijo y otro, mayor, cuando son dos o más. Al ser un porcentaje del ingreso mínimo, esos pisos suben cada vez que la ley reajusta el mínimo, sin necesidad de trámite.

La pensión tampoco puede exceder el 50% de las rentas del alimentante. Entre ese techo y aquellos pisos se mueve la discusión judicial, junto con las necesidades del alimentario y la capacidad económica de quien paga.

Qué pasa si no se paga

El incumplimiento de una pensión de alimentos tiene consecuencias concretas y acumulativas. Entre las herramientas que contempla la legislación chilena están el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, la retención de la devolución de impuestos, la retención directa por parte del empleador, la retención de fondos previsionales en casos calificados, y restricciones para trámites como renovar la licencia de conducir, obtener pasaporte o realizar ciertas operaciones bancarias.

Las cuotas impagas también devengan reajuste e intereses, de modo que la deuda crece con el tiempo. Todo eso se tramita ante el tribunal de familia que fijó la pensión.

Cuándo pedir aumento en vez de reajuste

Reajustar y aumentar son cosas distintas. El reajuste mantiene el poder adquisitivo y suele estar previsto en la propia sentencia. El aumento requiere una nueva demanda y se funda en un cambio de circunstancias: que subieron las necesidades del hijo —entra al colegio, aparece un gasto de salud permanente— o que mejoró la situación económica del alimentante.

A la inversa, el alimentante puede pedir una rebaja si sus ingresos cayeron de forma sostenida. En ambos casos hay que acreditar el cambio; no basta con afirmarlo.

Cómo funciona esta calculadora

Aplica la variación acumulada del IPC oficial del INE entre el mes que indiques y el último publicado. El cálculo se ejecuta en tu navegador: los montos y fechas que escribes no se envían a ningún servidor ni quedan guardados. Es una estimación de referencia y no reemplaza la resolución del tribunal ni la asesoría de un abogado. Si necesitas reajustar entre dos meses cualesquiera, está la calculadora general de reajuste por IPC.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se reajusta la pensión de alimentos por IPC?
Se toma la variación acumulada del IPC entre el mes del último reajuste (o el de la sentencia) y el último mes publicado por el INE, y se aplica ese factor sobre el monto vigente. Las variaciones mensuales se componen, no se suman.
¿Cada cuánto se reajusta la pensión de alimentos?
Depende de lo que diga la resolución judicial. Lo más habitual es un reajuste anual o semestral por IPC. Si la sentencia no contempla mecanismo de reajuste, hay que solicitarlo al tribunal: no se aplica solo por el hecho de que exista inflación.
¿Cuánto subió el IPC en los últimos 12 meses?
El IPC acumulado de los últimos 12 meses es de 3,96%, con datos hasta mayo de 2026. Ese es el porcentaje que correspondería aplicar en un reajuste anual con fecha de corte en el último mes publicado.
¿Y si la pensión está fijada en UTM?
Entonces se reajusta sola: la UTM se actualiza cada mes por inflación, así que basta multiplicar la cantidad de UTM por el valor vigente del mes. No corresponde aplicarle IPC encima, porque sería reajustar dos veces.
¿Y si está fijada como porcentaje del ingreso mínimo?
También se actualiza automáticamente, cada vez que la ley reajusta el ingreso mínimo remuneracional. Lo mismo ocurre si se fijó como porcentaje de la renta del alimentante: varía con lo que esa persona gane.
¿Cuál es el monto mínimo de una pensión de alimentos?
La ley fija pisos expresados como porcentaje del ingreso mínimo remuneracional, distintos según si hay uno o más hijos. Al ser porcentajes del mínimo, suben cada vez que este se reajusta. La pensión tampoco puede exceder el 50% de las rentas del alimentante.
¿Reajustar es lo mismo que pedir aumento de pensión?
No. El reajuste solo mantiene el poder adquisitivo y suele estar previsto en la sentencia. El aumento requiere una nueva demanda y hay que acreditar un cambio de circunstancias: mayores necesidades del hijo o mejor situación económica del alimentante.
¿Qué pasa si no pagan la pensión?
El incumplimiento habilita medidas como la inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, la retención de la devolución de impuestos, la retención directa por el empleador y restricciones para trámites como renovar la licencia de conducir u obtener pasaporte. Además las cuotas impagas devengan reajuste e intereses.